Río Blanco no debió entrar en la fase de explotación, según Contraloría
16 julio, 2019
Según en un informe elaborado y publicado hace unos días en la página web de la Contraloría General del Estado, el proyecto Río Blanco no debió cambiar de fase de exploración a explotación, la misma que consistió en los trabajos destinados a la preparación y desarrollo del yacimiento, y a la extracción y transporte de los minerales.
En el informe aprobado el 8 de mayo, según la Contraloría: servidores de la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM), y un experto del Proyecto de Seguimiento, Control y Fiscalización de Labores Mineras a Gran Escala emitieron informes favorables para el estudio de factibilidad del proyecto Río Blanco, sin considerar tres puntos especificados en las investigaciones.
En el primer punto del informe se habla sobre el uso y aprovechamiento del agua en un caudal menor al requerido: según en documento presentado por el representante legal del titular minero, “el proyecto Río Blanco requería para su operación 4.394,41 metros cúbicos de agua por día.
En el mismo documento señala que “el 70% del requerimiento sería obtenido de un sistema de re circulación, con lo cual se necesitaba agua limpia de 15,26 litros por segundo”.
Sin embargo, el proyecto solo contó con la autorización del uso de 5,77 litros de agua, que provenía de la quebrada Yantahuaycu. A pesar de ello, la directora ejecutiva de ARCOM remitió el Análisis de factibilidad del proyecto Río Blanco para la producción de 800 toneladas de material por día, sin realizar alguna observación entre el caudal de agua permitido.
En el segundo punto, la Contraloría determinó que hay contradicciones en la Actualización al Estudio de Factibilidad del Proyecto Río Blanco, en el cual se explica que para la fase de beneficio (extracción del material) se realizaría a través de, entre otras cosas, la lixiviación sin la utilización de cianuro.
No obstante, en varías líneas del estudio se menciona la utilización del cianuro de sodio. Ante estas inconsistencias, tampoco las entes reguladoras del proceso las mencionaron.
Y por último, la Contraloría aseguró que las áreas de las concesiones mineras no fueron “debidamente exploradas” , lo que a su vez derivó en la falta de una evaluación económica integral del yacimiento.
Respuestas
Para elaborar el informe, la Contraloría se puso en contacto con la instituciones y empresas involucradas en el proyecto Río Blanco. Cada una de ellas respondió ante los requerimientos de la Contraloría.
Entre las respuestas está del ex ministro de Minería, Javier Córdova, quien dijo que la directora ejecutiva de ARCOM remitió el análisis de factibilidad del proyecto sin observaciones ni requerimientos para que se continúe con el trámite, por lo que su calidad de ministro, suscribió las resoluciones de cambio de fase e inicio de explotación.
A pesar de todas las respuestas, la Contraloría emitió ocho recomendaciones para que se lleve a cabo el proyecto que está paralizado hace más de una año por una acción constitucional de medidas cautelares anónimas pedida por representantes de organizaciones indígenas. Ellos argumentaron que las comunidades de Molleturo no han otorgado su consentimiento a través de su derecho a la consulta previa.
Recomendaciones de Contraloría
1 Que la fase de explotación se realice únicamente en las vetas analizadas económicamente
2 Que se autorice el cambio de fase a explotación a los proyectos que cumplan con los puntos mencionados en el informe
3 Que los servidores encargados de emitir informes de viabilidad verifiquen que los documentos de los titulares mineros cumplan con todos los requisitos
4 Que el titular del proyecto Río Blanco presente los documentos del cronograma de desarrollo, plan de inversiones y plan de relacionamiento comunitario
5 Que se analice y evalúe los cronogramas de inversiones y actividades propuestas por los titulares mineros
6 Que se ejerza el cumplimiento de control por parte de ARCOM
7 Que se gestionen las acciones de suspensión o reversión al proyecto por ausencia de obras de captación de agua autorizadas
8 y 9 Que la Agencia de Regulación y Control del Agua, y el Ministerio del Ambiente, a través de sus servidores, controlen el uso del agua en el proyecto